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Fiestas locales para 2012 en la provinvia de Las Palmas (BOC núm. 244 14/12/2011)


ANTIGUA.
- 14 de febrero: Martes de Carnaval. - 8 de septiembre: Nuestra Señora de la Antigua.
ARRECIFE.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 25 de agosto: Festividad de San Ginés.
ARTENARA.
- 27 de agosto: Día posterior a la fiesta de la Vir- gen de la Cuevita.
- 14 de septiembre: Día del Santo Cristo de Acusa.
ARUCAS.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 25 de junio: Festividad de San Juan Bautista.
BETANCURIA.
- 13 de julio: San Buenaventura. - 24 de agosto: San Bartolomé.
GÁLDAR.
- 15 de mayo: Festividad de San Isidro. - 25 de julio: Festividad de Santiago.
HARÍA.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 4 de diciembre: Santa Bárbara.
LA ALDEA DE SAN NICOLÁS.
- 10 de septiembre: Día de San Nicolás de Tolentino. - 11 de septiembre: martes día del charco.
LA OLIVA.
- 2 de febrero: Festividad de Nuestra Señora de La Candelaria.
- 16 de julio: Festividad de Nuestra Señora del Carmen.
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval.
- 25 de junio: Conmemoración Fundación de la Ciudad.
MOGÁN.
- 13 de junio: Festividad de San Antonio. - 16 de julio: Festividad del Carmen.
PÁJARA.
- 2 de julio: Festividad de Nuestra Señora de Regla.
- 16 de julio: Festividad de Nuestra Señora del Carmen.
PUERTO DEL ROSARIO.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval.
- 8 de octubre: Fiesta de Nuestra Señora del Rosario.
SAN BARTOLOMÉ DE LANZAROTE.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 24 de agosto: Festividad de San Bartolomé.
SANTA LUCÍA.
- 24 de octubre: San Rafael. - 13 de diciembre: Santa Lucía.
SANTA MARÍA DE GUÍA.
- 19 de marzo: San José. - 16 de agosto: San Roque.
TEGUISE.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 16 de julio: Nuestra Señora del Carmen.
TEJEDA.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval.
- 10 de septiembre: Día posterior a la Fiesta en Ho- nor a la Virgen del Socorro, Patrona del Municipio.
TELDE.
- 14 de septiembre: Santo Cristo de Telde. - 17 de noviembre: San Gregorio Taumaturgo.
TÍAS.
- 2 de febrero: Festividad Nuestra Señora de la Can- delaria, Patrona del Municipio.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval.
TINAJO.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 16 de agosto: Festividad de San Roque.
TUINEJE.
- 2 de febrero: Fiesta de La Candelaria. - 13 de octubre: Fiestas Juradas de San Miguel.
VALSEQUILLO.
- 16 de agosto: Festividad de San Roque. - 29 de septiembre: Festividad de San Miguel.
VALLESECO.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 28 de mayo: Festividad de San Vicente Ferrer.
VEGA DE SAN MATEO.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 21 de septiembre: San Mateo.
VILLA DE AGAETE.
- 28 de junio: Bajada de la Rama del Valle. - 29 de junio: Festividad de San Pedro.
VILLA DE AGÜIMES.
- 20 de enero: Festividad de San Sebastián. - 23 de febrero: Jueves de Carnaval.
VILLA DE FIRGAS.
- 21 de febrero: Día de Carnaval.
- 16 de agosto: Día de San Roque, Patrono del Municipio.
VILLA DE INGENIO.
- 2 de febrero: Nuestra Señora de la Candelaria. - 29 de junio: San Pedro.
VILLA DE MOYA.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 18 de junio: San Antonio de Padua.
VILLA DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA.
- 25 de julio: Festividad de Santiago Apóstol. - 24 de agosto: Festividad de San Bartolomé.
VILLA DE SANTA BRÍGIDA.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval. - 13 de junio: San Antonio de Padua.
VILLA DE TEROR.
- 21 de febrero: Martes de Carnaval.
- 15 de junio: Festividad del Sagrado Corazón de Jesús.
YAIZA.
- 15 de mayo: martes, San Isidro Labrador. - 16 de julio, Nuestra Señora del Carmen.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de diciembre de 2011.

 

Título de Familia Numerosa: requisitos y trámite de obtención (Comunidad Canaria)

Requisitos

QUIÉNES SON FAMILIA NUMEROSA
(desde el punto de vista administrativo)

• el cabeza de familia con 3 o más hijos o 2 si uno es minusválido
• 2 ascendientes minusválidos (con minusvalía igual o superior al 33 %) con 2 hijos
• 1 ascendiente con una minusvalía igual o superior al 65 % con 2 hijos
• quien tuviera a su cargo 3 menores o dos minusválidos
• los separados/divorciados con 3 o más hijos dependiendo económicamente de él, sean o no comunes
• los hermanos huérfanos en algunos supuestos
• la viuda con 2 hijos.
Aunque se nos comunicó que a  partir del 1 de febrero del 2011 también los solteros/ras, separados, y divorciados con 2 hijos a su cargo, todavía no se ha hecho efectivo. 

REQUISITOS PARA SER HIJO DE FAMILIA NUMEROSA

• ser menor de 21 años o minusválido
• el límite de edad será ampliable a los 25 años mientras realicen estudios
• ser soltero y convivir con el ascendiente
• no obtener ingresos superiores al salario mínimo interprofesional salvo que sólo haya un ascendiente o ambos ascendientes sean minusválidos y el hijo contribuya a su mantenimiento
• residir en España

TIPOS DE FAMILIA NUMEROSA

• de categoría general: hasta cinco hijos
• de categoría especial: con cinco o más hijos
• las familias con 4 hijos serán de categoría especial cuando sus ingresos anuales divididos por el número de miembros que las componen, no superen el 75% del salario mínimo interprofesional vigente (para el 2003 es de 6.316,80 euros anuales).
• las familias con 4 hijos serán de categoría especial cuando 3 procedan de parto, adopción o acogimiento múltiples.
• en el cómputo de hijos para asignar la categoría de una familia numerosa, cada hijo con minusvalía superior al 33% computará por dos.

EXPEDICIÓN Y RENOVACIÓN DE TÍTULOS DE FAMILIA NUMEROSA

• corresponde a la Comunidad Autónoma de Canarias si reside en su territorio
• es obligatorio renovarlo cuando varíe el número de miembros o las condiciones por que se otorgó el título

Los lugares en donde se puede realizar la expedición y renovación son los siguientes:

DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DEL MENOR Y DE LA FAMILIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS
Santa Cruz de Tenerife     Las Palmas de Gran Canaria
C/ San Sebastián 53
Edificio Príncipe Felipe 1ª y 2ª planta
38071 Santa Cruz de Tenerife     C/ Profesor Agustín Millares Carló 13
Edificio Usos Múltiples II 2ª y 3ª planta
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Tfno.: 922-474522
Fax.: 922-474652     Tfno.: 928-306200
Fax.: 928-306288
e-mail: dq.proteccionmenorfamilia@gobiernodecanarias.org

CITA PREVIA: 922239301- TENERIFE      928219030- LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Obtención del título

Cita previa 012

DOCUMENTACIÓN GENERAL A APORTAR

    * Impreso debidamente cumplimentado.
    * Libro de Familia, original y fotocopia, (hoja del matrimonio, hojas de los hijos que se vayan a incluir en el título de familia numerosa).
    * 1 Fotocopia del D.N.I. de todos los miembros de la familia que lo posean.

DOCUMENTACIÓN GENERAL A APORTAR

    * Impreso debidamente cumplimentado.
    * Libro de Familia, original y fotocopia, (hoja del matrimonio, hojas de los hijos que se vayan a incluir en el título de familia numerosa).
    * 1 Fotocopia del D.N.I. de todos los miembros de la familia que lo posean.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR SEGÚN LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS

    * Tener hijos entre edades comprendidas entre 21 y 25 años inclusive:
      El límite de edad se ampliará hasta los 25 años inclusive, cuando cursen estudios que se consideren adecuados a su edad y titulación o encaminados a la obtención de un puesto de trabajo.
          o En el supuesto de que realicen los estudios arriba indicados se deberá acreditar con la matrícula del curso (original y copia), y el justificante de pago (original y copia) ó certificación del centro. Todo ello traducido oficialmente en su caso al castellano.
    * Alguno de los hijos perciba ingresos no superiores, en cómputo anual, al salario mínimo interprofesional, incluidas las pagas extraordinarias:
          o En el caso de que los ingresos sean por renta de trabajo por cuenta ajena: certificado de la empresa y organismo de quien provengan.
          o En el caso de que los ingresos sean de otra naturaleza: declaración.
    * En caso de viudedad:
          o Certificado de defunción del cónyuge (original y copia), de no constar la misma en el Libro de Familia.
    * En caso de separación matrimonial:
          o Legal
                + Sentencia (original y copia), donde se especifique que el solicitante tiene la guardia y custodia de los hijos.
                + Certificado de convivencia, cuando los hijos sean mayores de 12 años si ha transcurrido más de un año desde la sentencia o una declaración en la que se haga constar que no ha habido ninguna variación respecto a la Sentencia.
          o De hecho
                + Cualquier documento, incluida la declaración que la acredite.
                + Certificado de convivencia, expedido por el órgano competente, donde se haga constar que los hijos conviven con el solicitante.
    * En caso de uniones no matrimoniales:
          o Certificado expedido por el organismo competente por el que se acredite la convivencia de la unidad familiar que se refleje en el impreso de solicitud.
    * En el caso de incluir beneficiarios distintos de los hijos:
          o Documento acreditativo de que ostenta la guardia y custodia del beneficiario.
          o Certificado de convivencia, expedido por el órgano competente, donde se haga constar que el beneficiario convive con el solicitante.
    * En el caso de tener la condición de disminuido psíquico o físico, minusválido o incapacidad en el trabajo: la minusvalía deberá ser igual o superior al 33%.
          o Certificado que lo acredite (original y fotocopia)
          o Certificado de convivencia, expedido por el órgano competente, donde se haga constar que el beneficiario convive con el solicitante, en el supuesto de que quien tenga la condición sea mayor de 26 años.
    * En el caso de ser extranjeros residentes:
          o Tarjetas de residencia en vigor, de todos los miembros de la familia.
          o Certificado de convivencia, expedido por la Policía Local.

 

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