17/04/2014 Fuente: UTO-UGT.
El artículo 80 del vigente XV Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal, establece un fondo, destinado a la acción social como protección familiar; siendo beneficiarios de tal prestación todo personal laboral de la ONCE que lleven al menos doce meses ininterrumpidos de servicios prestados.





