18/03/2017 Fuente: UTO-UGT.

El Real Decreto-ley sobre esta materia aprobado ayer por el Consejo de Ministros y publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado refuerza y extiende las medidas en favor de deudores hipotecarios que sean o en cuya unidad de convivencia o residencia existan personas con discapacidad.

Como se venía reclamando la máxima protección contra los desahucios debía alcanzar no solo a los deudores con discapacidad o a sus familiares más próximos, sino que debía extenderse a todas las personas que residan en la vivienda en situación de discapacidad, lo que recoge la norma aprobada ayer, que amplía esta protección a “la unidad familiar con la que convivan, en la misma vivienda, una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, y que se encuentren en situación personal de discapacidad”, entre otras casos de vulnerabilidad social.

Las situaciones de discapacidad alcanzan así los mayores rangos de protección legal contra los desahucios, junto a otros supuestos de exclusión de análogos efectos, e incluye a este sector social entre los destinatarios de medidas adicionales para recuperar la propiedad de la vivienda que en el plazo de 8 meses deberá adoptar el Gobierno, según ordena este Real Decreto-ley.